Inscripciones
Consulta No. 843 ante la Oficina Asesora Jurídica Superintendencia de Notariado y Registro Para: Señor Doctor Luis Orlando Muñoz Ospina Registrador de Instrumentos Públicos Centro Comercial Edificio Bancafe Local 33 Manizales - Caldas Asunto: Inscripciones . CR-005 Consulta embargo en proceso de extinción de dominio. Fecha: 26 de mayo de 2006 Apreciado Registrador: Requiere se le informe si es procedente la inscripción de las providencias de primera y segunda instancia por las cuales se decreta la extinción de dominio por el delito de lavado de activos y enriquecimiento ilícito de acuerdo a lo consagrado en la ley 793 de 2002, estando los predios sobre los cuales recae dicha extinción, embargados en proceso por concierto para delinquir decretado por la Fiscalñía General de la Nación (Unidad Nacional de Fiscalías para la extinción del dominio y contra el lavado de activos, sin que el embargo sea levantado previamente, ni autorizado su registro? Consideraciones de la Oficina Asesora Jurídica. Acorde con el principio de legitimación, los asientos registrales gozan de una presunción de veracidad mientras no se demuestre lo contrario y tendrán plena vigencia en tanto, no obre la cancelación de los mismos, como lo dispone el artículo 40 del decreto ley 1250 de 1970. Como quiera que las cancelaciones no operan de oficio, por parte de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, las medidas de embargo figurarán en el estado en que se encuentran hasta que se presente la orden judicial de cancelación, trámite que le corresponde, adelantar, a quien está interesado en el registro de la sentencia de extinción de dominio. Atendiendo lo anterior, en el caso planteado no es procedente la inscripción de la transferencia de dominio por cuanto los inmuebles se encuentran fuera del comercio, con ocasión de la vigencia de los embargos. De esta consulta se enviará copia al Grupo Interno de Gestión del Conocimiento para lo de su competencia. Atento Saludo, Roberto Burgos Cantor. Jefe Oficina Asesora Jurídica Proyectó: Ares/ Mayo 26 de 2006 Revisó. JCDC |
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