Solicitud de información sobre la Superintendencia de Notariado y Registro.
Bogotá D.C, 25 de agosto de 2006
Señora doctora
Andrea Del Río Arias
Calle 144 No. 18-71. Apto 501
Ciudad
Asunto: Solicitud de información sobre la Superintendencia de
Notariado y Registro (ER29064)
Apreciada señora Arias:
En el escrito del asunto, con base en el derecho de petición solicita la siguiente información:
Fecha de creación de la entidad
Funciones y objetivos especiales de la entidad
¿Cuál es el régimen económico y financiero, presupuestal y de bienes de la entidad?
¿Cuál es el régimen jurídico de sus empleados?
¿Qué normas jurídicas rigen los contratos celebrados por la entidad?
¿Cuál es la jurisdicción que conoce de los conflictos originados en sus contratos y en sus actos administrativos?
¿Cómo se encuentra organizada la planta de personal?
En este sentido, procedo a responder de la siguiente manera:
1. La Superintendencia de Notariado y Registro fue creada mediante el Decreto 3346 de 1959 como una dependencia del Ministerio de Justicia. En el marco de la política de modernización del Estado, el Gobierno Nacional expide los decretos 302 y 303 del año 2004, por medio de los cuales se modifica la estructura y la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro. En la actualidad, esta reglamentación es la que rige el funcionamiento de la entidad.
2. El artículo 2º del decreto 302 de 2004 señala los objetivos primordiales de la Superintendencia de Notariado y Registro.
a) Orientar, vigilar, inspeccionar y controlar el servicio público notarial.
b) Asesorar al Gobierno Nacional en la fijación de las políticas y los planes relacionados con los servicios de notariado y de registro de instrumentos públicos.
c) Prestar del servicio público del registro de instrumentos públicos y, dirigir, disponer la organización y administración las oficinas de registro.
En cuanto a las funciones de la Superintendencia de Notariado y Registro, éstas se encuentran en el artículo 3º del decreto 302 de 2004.
3. De acuerdo a lo señalado en el artículo 1º del decreto 302 de 2004, “la Superintendencia de Notariado y Registro es un organismo que goza de autonomía administrativa y financiera, con personería jurídica y patrimonio independiente, adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia”.
El artículo 4º del Decreto en mención señala que el patrimonio de la Superintendencia de Notariado y Registro estará conformado por:
a) Los bienes, derechos y obligaciones que a cualquier título haya adquirido o adquiera.
b) Los ingresos de las oficinas de registro de instrumentos públicos.
c) Los aportes a la superintendencia establecidos en la ley a cargo de los notarios.
d) Los dineros y bienes que por cualquier otro concepto ingresen a la superintendencia.
4. Toda vez que la Superintendencia de Notariado y Registro es una entidad estatal, sus empleados son servidores públicos. En este sentido, lo relacionado con sus obligaciones y salarios ha sido reglamentado en el decreto 2400 de 1968, el decreto reglamentario 1950 de 1973, el decreto 1045 de 1978, entre otros. En cuanto al ingreso, la permanencia, el ascenso y el retiro de sus servidores, se sujetará a lo dispuesto en el decreto 775 de 2005.
5. Al ser una entidad estatal, los contratos en los que interviene la Superintendencia son regidos por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (ley 80 de 1993).
6. En cuanto a los conflictos originados en los contratos en los que intervenga la Superintendencia, éstos estarán sujetos a lo establecido en la ley 80 de 1993, el Código Contencioso Administrativo y la ley 489 de 1998.
7. La planta global de la entidad cuenta con 2,282 funcionarios cobijados tanto en la Superintendencia como en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país. De manera detallada, la Superintendencia maneja un número de 321 funcionarios, los restantes 1,961 funcionarios se encuentran distribuidos entre todas las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país. Por medio del decreto 303 de 2004 se adopta la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Con sentimiento de consideración,
Roberto Burgos Cantor
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Superintendencia de Notariado y Registro
Proyectó: AKSV
Revisó: Edilpa
Señora doctora
Andrea Del Río Arias
Calle 144 No. 18-71. Apto 501
Ciudad
Asunto: Solicitud de información sobre la Superintendencia de
Notariado y Registro (ER29064)
Apreciada señora Arias:
En el escrito del asunto, con base en el derecho de petición solicita la siguiente información:
Fecha de creación de la entidad
Funciones y objetivos especiales de la entidad
¿Cuál es el régimen económico y financiero, presupuestal y de bienes de la entidad?
¿Cuál es el régimen jurídico de sus empleados?
¿Qué normas jurídicas rigen los contratos celebrados por la entidad?
¿Cuál es la jurisdicción que conoce de los conflictos originados en sus contratos y en sus actos administrativos?
¿Cómo se encuentra organizada la planta de personal?
En este sentido, procedo a responder de la siguiente manera:
1. La Superintendencia de Notariado y Registro fue creada mediante el Decreto 3346 de 1959 como una dependencia del Ministerio de Justicia. En el marco de la política de modernización del Estado, el Gobierno Nacional expide los decretos 302 y 303 del año 2004, por medio de los cuales se modifica la estructura y la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro. En la actualidad, esta reglamentación es la que rige el funcionamiento de la entidad.
2. El artículo 2º del decreto 302 de 2004 señala los objetivos primordiales de la Superintendencia de Notariado y Registro.
a) Orientar, vigilar, inspeccionar y controlar el servicio público notarial.
b) Asesorar al Gobierno Nacional en la fijación de las políticas y los planes relacionados con los servicios de notariado y de registro de instrumentos públicos.
c) Prestar del servicio público del registro de instrumentos públicos y, dirigir, disponer la organización y administración las oficinas de registro.
En cuanto a las funciones de la Superintendencia de Notariado y Registro, éstas se encuentran en el artículo 3º del decreto 302 de 2004.
3. De acuerdo a lo señalado en el artículo 1º del decreto 302 de 2004, “la Superintendencia de Notariado y Registro es un organismo que goza de autonomía administrativa y financiera, con personería jurídica y patrimonio independiente, adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia”.
El artículo 4º del Decreto en mención señala que el patrimonio de la Superintendencia de Notariado y Registro estará conformado por:
a) Los bienes, derechos y obligaciones que a cualquier título haya adquirido o adquiera.
b) Los ingresos de las oficinas de registro de instrumentos públicos.
c) Los aportes a la superintendencia establecidos en la ley a cargo de los notarios.
d) Los dineros y bienes que por cualquier otro concepto ingresen a la superintendencia.
4. Toda vez que la Superintendencia de Notariado y Registro es una entidad estatal, sus empleados son servidores públicos. En este sentido, lo relacionado con sus obligaciones y salarios ha sido reglamentado en el decreto 2400 de 1968, el decreto reglamentario 1950 de 1973, el decreto 1045 de 1978, entre otros. En cuanto al ingreso, la permanencia, el ascenso y el retiro de sus servidores, se sujetará a lo dispuesto en el decreto 775 de 2005.
5. Al ser una entidad estatal, los contratos en los que interviene la Superintendencia son regidos por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (ley 80 de 1993).
6. En cuanto a los conflictos originados en los contratos en los que intervenga la Superintendencia, éstos estarán sujetos a lo establecido en la ley 80 de 1993, el Código Contencioso Administrativo y la ley 489 de 1998.
7. La planta global de la entidad cuenta con 2,282 funcionarios cobijados tanto en la Superintendencia como en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país. De manera detallada, la Superintendencia maneja un número de 321 funcionarios, los restantes 1,961 funcionarios se encuentran distribuidos entre todas las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país. Por medio del decreto 303 de 2004 se adopta la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Con sentimiento de consideración,
Roberto Burgos Cantor
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Superintendencia de Notariado y Registro
Proyectó: AKSV
Revisó: Edilpa
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