jueves, agosto 10, 2006

Corrección registro civil de nacimiento.

Consulta No. 1917 ante la Oficina Asesora Jurídica
Superintendencia de Notariado y Registro


Para: Doctor
ALEJANDRO PICON RODRÍGUEZ
Avenida 19 No. 7 – 48 Oficina 1801
Ciudad

Asunto: Corrección registro civil de nacimiento correspondiente a Jorge Alexander Juyo Ramírez, CN – 03, radicación ER 25215 de fecha 13 de julio de 2006.

Fecha: 03 de agosto de 2006

Apreciado doctor Picón Rodríguez:

Consulta en el asunto descrito, el procedimiento a seguir para corregir el lugar de nacimiento en el registro civil de nacimiento correspondiente a Jorge Alexander Juyo Ramírez, es Tariba, Táchira, Venezuela y no como se consignó, Santafe de Bogotá, Cundinamarca, Colombia.

Marco Jurídico:

El artículo 266 de la Constitución Nacional, estableció funciones al Registrador Nacional del Estado Civil, entre otras, la dirección y organización del Registro Civil y la identificación de las personas.

Artículos 3 y 94 del decreto ley 1260 de 1970.

Artículos 2, 3, 4 y 6° del decreto 999 de 1988.

Decreto 1555 de 1989.

Consideraciones de la Oficina Asesora Jurídica:

El artículo 2° del decreto 999 de 1988, expresa: “Las inscripciones del estado civil, una vez autorizadas, solamente podrán ser alteradas en virtud de decisión judicial en firme, o
Hoja No. 2
Dr. Alejandro Picón Rodríguez


por disposición de los interesados, en los casos del modo y con las formalidades establecidas en este decreto “.

El artículo 3° ibídem, expresa:” Sólo podrán solicitar la rectificación o corrección de un registro o suscribir la respectiva escritura pública, las personas a las cuales se refiere éste, por sí o por medio de sus representantes legales o sus herederos”.

Y el artículo 4° de la misma normatividad, dispone: “ Una vez realizada la inscripción del estado civil, el funcionario encargado del registro, a solicitud escrita del interesado, corregirá los errores mecanográficos, ortográficos y aquellos que se establezcan de la comparación del documento antecedente o con la sola lectura del folio, mediante la apertura de uno nuevo donde se consignarán los datos correctos. Los folios llevarán notas de recíproca referencia...

Las correcciones a que se refiere el presente artículo se efectuarán con el fin de ajustar la inscripción a la realidad y no para alterar el estado civil”

Efectuado el estudio correspondiente a los documentos aportados, especialmente a la copia del registro civil de nacimiento, se observa que éste se efectuó con base en “testigos”

La corrección pretendida no es procedente mediante el otorgamiento de escritura pública, por cuanto no existe documento antecedente de la inscripción, motivo por el cual es necesario adelantar ante juez de familia el correspondiente proceso, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 18 del artículo 5º del decreto 2272 de 1989 .

No obstante, como quiera que la dirección y organización del registro civil compete a la Registraduría Nacional del Estado Civil, si Usted lo estima pertinente, puede dirigirse ante dicho organismo y formular la respectiva consulta.

Con sentimiento de especial consideración,


Roberto Burgos Cantor
Jefe Oficina Asesora Jurídica

Proyectó: GEVB
03-08-06

1 Comments:

Blogger ruby said...

Bogotá, Agosto 11 del año 2008

Señores
NOTARIA PRIMERA
Calle 21 No. 14-31
ARMENIA, QUINDIO

Respetados Señores:


Por medio de la presente les ruego verificar los datos correspondientes a mi Registro Civil ya que en la Cedula de Ciudadanía y en todos los documentos de mi vida siempre mi nombre aparece con “S” así: ELSA RUBY MONTENEGRO MARTINEZ, a diferencia de este último Registro Civil que me llego el nombre “ELZA” CON “z”. Y además el número de cédula escrito a mano no es el correcto pues mi número de cédula es 41.655.695 de Bogotá y no 41.656.695. Por lo cual adjunto fotocopia de mi cedula y fotocopia del Registro Civil recibido últimamente.
Les ruego orientarme sobre el procedimiento a seguir para actualizar mis documentos acorde con la información que ustedes me envíen.

Cordialmente y en espera de su grata respuesta,


Atentamente,



ELSA RUBY MONTENEGRO DE SANCHEZ
C.C. NO. 41.655.695 DE BOGOTA.
Domicilio: Carrera 80M No. 73D-02 Sur Barrio Bosa Laureles Bogotá.
Teléfono 7792937
Correo Electrónico: rubicilla57@hotmail.com

4:25 p. m.  

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